‘IVA – Las facturas simplificadas pueden ser completadas a bolígrafo por el emisor para que el destinatario se deduzca el IVA’

La DGT consideró en una consulta vinculante del pasado mes de septiembre que una factura simplificada, lo que antes era considerado un ticket, podría ser completada a bolígrafo por el emisor podría ser considerada a la hora de deducirse el IVA. Más información en el blog de Linkservices.

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