Hacienda incrementa las inspecciones a los caseros para que tributen aunque tenga el inmueble vacío
Hacienda incrementa las inspecciones a los particulares que tienen inmuebles en alquiler y, en los últimos meses, muy especialmente a los que tienen oficinas. La Agencia Tributaria persigue un doble objetivo: evitar que los caseros se deduzcan en el IRPF los gastos asociados al inmueble (IBI, comunidad, seguros o intereses de la hipoteca) los días en los que no ha estado alquilado y, además, obligarles a tributar durante ese tiempo vacío por la imputación de rentas, es decir, por el 2% del valor catastral o el 1,1%, si éste valor fue revisado a partir de 2012.
Los abogados coinciden en que este aumento de las inspecciones llega auspiciado por la sentencia del Tribunal Supremo del 25 de febrero de 2021 que determinó que los caseros no podían deducirse los gastos relacionados con el inmueble en proporción con los días en los que no estuvo alquilado y, además, debían tributar en ese período por la imputación de rentas.
Juan Osuna, socio del área de fiscal de Fieldfisher, señala que las inspecciones «están creciendo» porque la Agencia Tributaria tiene acceso a los datos de consumo de las viviendas, como luz y agua, y cuando estos son muy altos o muy bajos saltan de forma casi automática. «El fondo de la sentencia del Supremo, en mi opinión, es injusto, pero toca acatarlo. El hecho de que cuando se marcha un inquilino y se tarde quince días en alquilar de nuevo el inmueble, en ese tiempo no se pueda deducir un gasto como el IBI parece bastante ridículo, especialmente si el casero no tiene intención de vivir en el mismo y, en una oficina, menos», señala.
Osuna señala que esta situación también se da con el alquiler turístico, si los caseros no tienen el inmueble alquilado todo el año toca pagar por la imputación de renta en esos períodos y no deducirse los gastos.
La solución, según Juan Osuna, es poca porque está respaldado por el Supremo y especialmente ahora que en la declaración de la Renta se debe poner los días en los que se inicia la fecha del contrato, por lo tanto, en un cambio de inquilino, queda reflejada en la declaración la fecha de salida de uno y de entrada del nuevo.
Sergio Carpio, socio de Legal de ETL GLOBAL, indica que las inspecciones se han acentuado en los tenedores de oficinas porque, desde la sentencia del Supremo a ahora, es el sector que más se ha visto afectado ya no sólo por la pandemia sino por el auge del teletrabajo, que ha provocado que muchas se hayan quedado vacías.
A su juicio, «parece una contrariedad absoluta» que el fallo del Supremo no deje desgravar a los caseros una serie de gastos que se dan por el mero hecho de tener el bien, incluso puesto en alquiler aunque esté vacío, y aunque estos no adquieran rentas, sí tengan que pagar una especie de renta al fisco al tributar ese porcentaje de acuerdo con el valor catastral. No obstante, Sergio Carpio punta a que la cuestión acabará en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) porque cualquiera que tenga una inspección de este tipo va a llegar a todos los recursos posibles y, «cuando un contribuyente llega a Europa se le suele dar la razón».
Bosco Montejo, responsable de la práctica fiscal de Freshfields, explica que el régimen de imputación de rentas siempre ha sido objeto de cierta discordia porque hace tributar como si se tuviera una renta cuando realmente no se tiene, lo que puede chocar con el principio de capacidad económica que recoge la Constitución. «El casero tiene que imputarse un porcentaje del valor catastral cuando el bien no está arrendado porque si lo está, sí genera un rendimiento por actividad económica», añade.