Jacobo Cáceres, abogado de Nertis ETL Global, reflexiona para Andalucía Información sobre las sanciones impuestas por incumplir el estado de alarma. El artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró dicho estado, estableció una regla general de prohibición de la libre deambulación, salvo para supuestos tasados que permitan al ciudadano acometer sus necesidades y quehaceres más esenciales.