La extinción del contrato de préstamo no impide el ejercicio de la acción de nulidad de sus cláusulas si va acompañada de la acción restitutoria

La extinción del contrato de préstamo no impide el ejercicio de la acción de nulidad de sus cláusulas si va acompañada de la acción restitutoria

Una reciente Sentencia dictada por el Pleno del Tribunal Supremo el pasado 12 de diciembre, pone fin al criterio dispar que hasta la fecha mantenían las Audiencias Provinciales respecto de la posibilidad de declarar la nulidad de una cláusula de un contrato consumado o extinguido. Más información en el siguiente artículo de nuestros compañeros de EJASO ETL GLOBAL.

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