CUENTAS ANUALES 2022: novedades y modelos para su presentación
El pasado 30 de mayo se publicó en el BOE la Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, relacionada con los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales individuales y consolidadas de los sujetos obligados a su publicación. Estos nuevos modelos ya se encuentran disponibles y deberán utilizarse para las cuentas que sean depositadas en el Registro Mercantil a partir del 30 de mayo de 2023.
Las compañías tienen que conocer las novedades relativas con la presentación de estos nuevos modelos:
- En primer lugar, se deberá identificar elporcentaje de mujeres en el órgano de administración.
- Se elimina la hoja de declaración Covid-19.
- Con respecto a la hoja de declaración de titularidad realse establece tres novedades destacadas:
- Cambios en la hoja que permiten una identificación mejor de las personas físicas tales como el país de expedición del documento y tipo de documento.
- Se desdoblan las tablas I y III para rellenar los datos según se trate de control a través de participación de capital o control a través de derechos de voto.
- Se crean las tablas IV.a y IV.b para informar del porcentaje de participación directa por participación en el capital o por derechos de votos respectivamente, empresa a empresa para identificar la cadena de control.
- Cambios en la hoja medioambientalque permitirá a las empresas, con carácter voluntario, reportar cinco indicadores clave en materia medioambiental como son los datos relativos a las emisiones de CO2, consumos de agua y electricidad.
CAMBIOS EN EL MODELO NORMAL:
- Balance: cambio de denominación del epígrafe VII. Deudas comerciales no corrientespor A.VII Deudores comerciales no corrientes.
- Cambios en la Correspondencia entre conceptos del estado de ingresos y gastos reconocidos y el Plan General de Contabilidad de 2007: se sustituye la referencia a los números 900 y 902 para los epígrafes V y XI respectivamente por los números 960 y 962.
ADICIONALMENTE EXISTEN CAMBIOS EN EL CONTENIDO DE LA MEMORIA NORMAL: En la nota “2-Bases” de presentación de las cuentas anuales, se elimina la frase final que hacía referencia, para las cuentas de 2021, a las disposiciones transitorias del Real Decreto 1/2021, de 12 de enero.
- En la nota “9-Intrumentos financieros-a.2 pasivos financieros”: el literal “pasivos financieros coste amortizado o coste” dentro de las categorías, pasa a ser “pasivos financieros a coste amortizado”.
- En la nota “24-Otra información” el punto 3 se pone en formato cursiva al estar incorporado dentro de un cuadro normalizado.
- En el modelo M9.17 se eliminan los tachados para el concepto total de líneas de crédito en las columnas de límite concedido y dispuesto.
- En el modelo M24-c) Honorarios del auditor: se separa la parte de auditoría de la de otros servicios y para estos últimos, además de los honorarios por asesoría fiscal se añaden los correspondientes a servicios por exigencia de normativa y por otros servicios. Todo ello en línea con lo marcado en la nota 24 de la memoria.
CAMBIOS EN EL MODELO ABREVIADO:
- Novedades en la definición de los test de errores: se modifican los test de errores de la hoja de titularidad real y se eliminan los test que se corresponden con la hoja Covid.
- Contenido de la memoria abreviada: en la nota “2-Bases” de presentación de las cuentas anuales, se elimina la última frase que hacía referencia a las disposiciones transitorias para las cuentas de 2021, del citado Real Decreto 1/2021, de 12 de enero.
CAMBIOS EN EL MODELO PYME:
- Cambios en la correspondencia entre los conceptos del balance de PYMES y el Plan General de Contabilidad de pequeñas y medianas empresas: se elimina el número 15 dentro de las cuentas correspondientes al epígrafe B.VII de patrimonio neto y pasivo.
- Novedades en la definición de los test de errores: se modifican estos test de la hoja de titularidad real y se eliminan los test que se corresponden con la hoja Covid.
- Con respecto a la Disposición Transitoria los usuarios deberán de tener en cuenta los siguientes aspectos:
- Las cuentas anuales que se presenten al Registro Mercantil desde el 30 de mayo de 2023 deben de utilizar los nuevos modelos.
- Si las cuentas anuales se presentaron al registro mercantil con antelación al 30 de mayo y fueron calificadas de defecto, se podrá presentar la subsanación conforme a los antiguos modelos.
- Si se presentan por primera vez en el registro mercantil cuentas de ejercicios anteriores al 2022 con posterioridad al 30 de mayo de 2023 se deberán utilizar los nuevos modelos.
- Para la presentación de cuentas anuales de ejercicios anteriores (ejercicios 2020 y 2021), se deberá presentar junto con los modelos nuevos (según lo indicado en el apartado anterior) la Hoja Covid, aun cuando la presentación se haga con posterioridad al 30 de mayo de 2023.