Retención en arrendamientos de centros de negocios o «coworking»

ETL Global LINKS: Retención en arrendamientos de centros de negocios o «coworking»

Nuestros compañeros de ETL Global LINKS analizan en su último Flash Fiscal la consulta vinculante V1461-20, de 19 de mayo de 2020, de la DGT. Una sentencia por la que se considera que aquel arrendamiento de oficinas que implique la prestación de los servicios adicionales de limpieza, secretariado, comunicaciones, electricidad, etc., se configura como un contrato mixto de arrendamiento de inmueble y de servicios que tiene por finalidad dotar al arrendatario de la infraestructura necesaria (material y personal) para que éste pueda desarrollar su actividad, por lo que no está sometido a retención a cuenta del 19% del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades del arrendador.

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