Tiempo de trabajo y guardia localizada

EJASO ETL Global: Tiempo de trabajo y guardia localizada

Artículo de nuestro compañero Agustín Benavent, responsable del área de Negociación Colectiva en EJASO ETL Global, acerca de la decisión del Tribunal Supremo de no considerar como tiempo de trabajo una guardia que no exija la permanencia del trabajador en un lugar concreto ni un plazo determinado de respuesta.

Esta sentencia resuelve la prestación de servicios fuera del centro de trabajo o de un lugar específico desde donde atender el servicio lo que diferencia netamente este supuesto de las denominadas guardias presenciales -o de disponibilidad-.

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ETIQUETAS: LABORAL