Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, con el objetivo de paliar los efectos derivados del COVID-19 se inició el debate sobre si aquellos despidos que se han realizado como consecuencia de la COVID-19 deben ser calificados como despidos nulos o únicamente improcedentes.
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