Novedades en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes: simplificación y eficiencia administrativa

El inicio del período de declaraciones tributarias del primer trimestre de 2024 trae consigo importantes novedades normativas para los contribuyentes no residentes en España, especialmente en lo que respecta al Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).

El pasado mes de enero, se modificaron los plazos de presentación del modelo 210 para no residentes. El objetivo principal de este cambio es mejorar la calidad de la información fiscal y fortalecer las acciones de asistencia, investigación y control llevadas a cabo por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Anteriormente, los contribuyentes no residentes que obtenían rendimientos por el arrendamiento de inmuebles en territorio español estaban obligados a presentar autoliquidaciones trimestrales (el Modelo 210). Sin embargo, con las nuevas disposiciones, ahora tienen la opción de optar por una única autoliquidación anual que incluya todos los ingresos obtenidos durante el ejercicio fiscal correspondiente. Este cambio implica que la declaración anual debe presentarse entre el 1 y el 20 de enero del año siguiente.

Aunque esta modificación no conlleva una ventaja fiscal directa para el contribuyente, dado que los tipos impositivos se mantienen (19% para residentes en la Unión Europea y 24% para residentes en países no comunitarios), sí representa una simplificación del proceso administrativo. Al permitir una única declaración en lugar de cuatro trimestrales, se espera una reducción significativa en la carga administrativa y burocrática para los contribuyentes.

Esta medida no solo busca aliviar la carga administrativa de los contribuyentes, sino también mejorar la eficiencia en el funcionamiento de la Agencia Tributaria, entidad que actualmente se encuentra bajo un escrutinio constante en busca de una gestión más efectiva y transparente.

En resumen, estas novedades representan un paso importante hacia la simplificación y la eficiencia en la gestión del Impuesto sobre la Renta de No Residentes en España, beneficiando tanto a los contribuyentes como a la administración tributaria.

 

Alejandro Escribano Aldana

Área Fiscal
aescribano@etl.es

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