El impuesto a las grandes fortunas o la cuadratura del círculo

Recuerdo como arqueé con cierta incredulidad una ceja cuando en el feliz año prepandémico de 2019 un consternado Bill Gates afirmaba con preocupación que los ricos no pagaban los impuestos que les tocaba. Su reflexión, en un entorno sin un sistema sanitario público y asistencial destacable, unos derechos laborales con un importante recorrido de mejora o un pronunciado alejamiento de clases sociales invitaba a la reflexión sobre la obligación moral de retornar a la sociedad una parte de lo que aquélla había generado a un exclusivo colectivo de personas. Eso no tardará en llegar, pensé.

Y llegó. Leo ahora con perplejidad la decisión del Gobierno de introducir en el paquete de medidas destinadas a paliar los efectos de la galopante inflación que sufre nuestro país el denominado impuesto de solidaridad a las grandes fortunas y que me permito contraer a la anglosajona como el ISGF.

En la intimidad de mi despacho me propongo analizar el texto de la enmienda presentada este pasado viernes y en mi cabeza se suceden una serie de interrogantes que están al margen de las consideraciones que en abstracto puedan tenerse en lo que a equidad o justicia retributiva se refieren, y es que… ¿Por qué ahora el ISGF? ¿por qué transitoriamente 2 años? ¿Por qué de aplicación inmediata estando a mediados de noviembre?

Asimilo la más que incierta forma en la que se ha introducido un impuesto sobre un impuesto ya existente, la identidad de la sistemática tributaria entre ambas figuras impositivas, los tramos de cuota tributaria, la recaudación deseada (1.500 millones de Euros), el debate político sobre su temporalidad y el objetivo aparente sobre el que se articula.

Tras unos minutos de reflexión, vislumbro una luz cuyo recorrido hilvana un hilo argumental que va más allá de esas justificaciones de apariencia benefactora y empiezo a echar cuentas: Los últimos acontecimientos en Andalucía y el enquistado debate de Madrid, la composición del Gobierno, el plazo de expiración de la actual legislatura y, por último pero no menos importante, los modelos de actuación política ante determinadas medidas tendentes a la recaudación tributaria como el sistema sancionador del malogrado modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero.

Y ahí empieza a encajar el puzzle. Aun predicando sin tapujos que  la medida responde a la afrenta de determinados territorios en aras a una (deseable pero como siempre mal calculada) nivelación de la carga impositiva en todo nuestro país, tenemos al frente un gobierno de coalición que asumió como propio el incrementar la tributación a las rentas altas (y hay que cumplir si no queremos que nuestros socios se pongan de lado), cuya perduración más allá de las próximas elecciones (en menos de dos años –justo el plazo temporal del ISGF-, salvo disgusto de última hora) se halla en entredicho por las encuestas, una inflación galopante que asola nuestro crecimiento y unas necesidades de liquidez para atender las necesidades socio-asistenciales que pueden poner en entredicho el umbral de gasto público en los próximos años.

Así, el plan maestro consiste en introducir con calzador y con una sistemática jurídica cuanto menos dudosa un supuesto nuevo tributo con un plazo de vigencia inicial que abarca algo más allá de las próximas elecciones (programa electoral cumplido) que satisfará a aquellos que reivindican en nuestro país la tesis, desenfocada en el caso de España, que defendía el empresario y mecenas norteamericano y mayoritariamente afines a los colores de quienes hoy rigen nuestros destinos (probable rédito electoral que equilibre las actuales encuestas),  y proveyendo de una liquidez temporal al sistema (satisfacción de las necesidades de gasto inmediato sin modificar la ineficiente estructura del mismo, que así no violento a mis socios), calculando por otra parte la conflictividad jurídica que a buen seguro va a generar, de modo que para cuando se resuelva, en el sentido que sea, presumiblemente la inflación ya habrá disminuido, la economía vuelva a crecer, la recaudación habrá aumentado y, por tanto, no habrá problemas para retornar, si así lo determina la Justicia, lo indebidamente ingresado por parte de ese colectivo. Un préstamo a largo a costa del contribuyente, vaya. Es sin duda la cuadratura del círculo.

 

Mariano Roca. Socio-Abogado. Derecho Fiscal. 

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