¿Qué es el IRNR?

Las siglas IRNR corresponden al impuesto sobre la renta de No Residentes. Este impuesto grava toda clase de ingresos generados en el territorio español, pese a que quienes los generan, no residan en el país. Afecta tanto a personas físicas como a entidades sin sede fiscal en España.

La motivación de este impuesto responde a una realidad: existen numerosas actividades económicas que pueden generar beneficios en el país a individuos o empresas que no se encuentran en él. Un alto porcentaje de estas rentas está vinculado a actividades empresariales y del trabajo, aunque también se gravan ingresos procedentes de la explotación de propiedades inmobiliarias. 

Este impuesto se definió en el Real Decreto Legislativo 5/2004. En dicha disposición se definen todas las particularidades de dicho impuesto: qué tipo de rentas están sujetas al IRNR, excepciones en el pago de este impuesto, quién debe abonar y cómo debe liquidarse. Además, este impuesto guarda gran relación con el IRPF y el Impuesto de Sociedades; su texto remite a estas leyes en varios artículos. 

A continuación, abordaremos algunas de las consultas más habituales en torno al impuesto sobre la renta de No Residentes. Trataremos de esclarecer, principalmente, cuestiones en torno a los criterios de residencia y, por tanto, de aplicación de este impuesto u otro. Así mismo, atenderemos las dudas en torno a la liquidación del mismo.

¿A quién afecta el IRNR?


El IRNR aplica sobre rentas obtenidas en España por parte de personas físicas y jurídicas que no cumplan con los criterios para ser considerados residentes. Si alguno de los siguientes criterios se cumpliese, aplicaría, respectivamente, el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas y el Impuesto de Sociedades. Los criterios para ser considerado residente en España a nivel fiscal son los siguientes:

  • Presencia en el territorio español: Se considera residente fiscal en España a cualquier persona física que permanezca más de 183 días del año calendario en territorio español. Estos días no necesitan ser consecutivos.
  • Centro de actividades económicas: También se considera residente fiscal en España a la persona cuyo centro de actividades o intereses económicos, directa o indirectamente, radique principalmente en España. Si la actividad económica principal de la persona está en España, podrá ser considerado residente sin cumplir el criterio de los 183 días. 
  • Intereses vitales: La familia también es relevante a nivel de residencia fiscal. Si la persona tiene un cónyuge o hijos menores dependientes residiendo en España, también puede ser considerado residente fiscal en el país; aun pasando la mayor parte del tiempo en el extranjero.  

Toda persona fuera de estos criterios y que perciba ingresos en España, estará obligada a liquidar sus impuestos del modo estipulado en el IRNR. Sin embargo, existen algunos casos excepcionales al respecto. Estas excepciones hacen referencia, principalmente, a personal diplomático y al régimen especial para trabajadores desplazados.

¿Cómo se paga el IRNR?


La forma más común para efectuar el pago del Impuesto de la Renta para No Residentes se efectúa a través de la autoliquidación de modelos específicos. Elegir un modelo u otro dependerá de la naturaleza de las rentas obtenidas y son los siguientes:

  • Modelo 210: el más comúnmente utilizado. En él pueden declararse varios tipos de ingresos que no han sido objeto de retención. Suele presentarse trimestralmente si la autoliquidación tiene como resultado un pago. 
  • Modelo 211: es una declaración más específica relativa a las ganancias derivadas de la venta de inmuebles. Este debe presentarse en los 30 días hábiles posteriores a la venta. 
  • Modelo 213: especial para la declaración de rentas obtenidas por inmuebles que son propiedad de entidades no residentes. Se presenta en el mes de enero de cada año.
  • Modelo 216: para rentas españolas sin mediación de establecimiento permanente. Es habitual para el pago de impuestos por dividendos, intereses y royalties. Está relacionado con ingresos de grandes empresas y su presentación suele ser mensual. 

Uno de los principales objetivos del impuesto es evitar la doble imposición. Es decir, gravar las rentas por duplicado en diferentes jurisdicciones. Por este motivo, esta clase de normativas se concretan de manera coordinada entre los países implicados. Los convenios de doble imposición que actualmente mantiene España pueden consultarse aquí

¿Cuánto se paga de IRNR?


Por norma general, para el pago del IRNR se establece un tipo concreto general para todos los contribuyentes a nivel mundial. El gravamen general para el Impuesto de la Renta de No Residentes es de un 24% sobre las cantidades percibidas. Si bien, y tal como indicamos previamente, existen convenios fiscales a nivel internacional al respecto. 

En el caso del IRNR, todas las personas y entidades no residentes en España, pero que sean residentes de la Unión Europea, tendrían beneficios. En estos casos, el tipo impositivo bajaría al 19%. Los individuos y corporaciones residentes en Islandia, Noruega y Liechtenstein también se beneficiarían de este 19%. 

Ahora bien, al margen del tipo impositivo general, existen numerosos supuestos en los que dicho gravamen puede reducirse: pensiones, entidades marítimas o aéreas, operaciones de reaseguro, etc. Como puede verse, las cuestiones relacionadas con el IRNR son complejas y dan pie a distintos escenarios y posibilidades. Contar con el asesoramiento fiscal puede ser clave para regularizar dichos ingresos adecuadamente.

  • Derecho Administrativo: Sanciones por infracciones, responsabilidad patrimonial de la Administración…
  • Derecho Laboral: Accidentes laborales, enfermedades profesionales…
  • Derecho Contractual: Incumplimiento de contratos, responsabilidad por daños…
  • Responsabilidad Civil: Accidentes de tráfico, negligencias médicas…
  • Responsabilidad Penal: Agresiones, lesiones, homicidios…