Qué son los pactos sucesorios

Se podría decir que gran parte de la población no conoce que son los pactos sucesorios. Esto es debido, entre otras cosas, a que este tipo de acuerdos, dependiendo de la zona donde nos encontremos, se puede firmar o no. Es por eso que no son muy comunes entre los métodos que existen para dejar una herencia. Sin embargo pueden presentar varias ventajas frente a los mecanismos más clásicos.

La mayoría de personas que piensa en cómo repartir sus bienes tienden a recurrir directamente a dejar por escrito un testamento. No obstante, un pacto sucesorio es una muy buena alternativa a un testamento si sabes cómo hacerlo.

En ETL GLOBAL podemos ayudarte si necesitas saber más acerca de esto.

Pactos sucesorios: definición

Podríamos definir los pactos sucesorios como: Un contrato que se formaliza ante notario en el que dos o más personas se ponen de acuerdo en la sucesión por causa de muerte.

Es decir, cuando se formaliza un pacto sucesorio, lo que se pretende en realidad es que la persona en cuestión organice su futura herencia. En estos casos puede elegir un solo heredero o varios, así como atribuir un bien a favor de alguien en concreto.

En estos pactos intervienen habitualmente dos o más personas que pueden tomar el papel de otorgantes o aceptantes, o en algunas ocasiones ambos.

Sin duda, los pactos sucesorios, en contraposición de los testamentos, presentan varias ventajas. De todas ellas, la que más podemos resaltar es que al firmar un pacto sucesorio se garantiza la tranquilidad de la persona que lo hace, de que todos los otorgantes conocerán el reparto de bienes con antelación a la muerte. 

Contratos o pactos sucesorios con efecto de presente

En el caso de los contratos o pactos sucesorios con efecto de presente, la persona elegida para ser la sucesora, obtendrá la propiedad de los bienes del causante desde el momento en que se firme por todas las partes.

Esta opción tiene una particularidad, y es que, aunque el sucesor sea propietario de los bienes, no podrá vender ni traspasar ningún bien sin el consentimiento del causante, mientras que este siga con vida o que el pacto lo contemple.

 

Los pactos sucesorios y el Código Civil

A priori podemos pensar que los pactos sucesorios y el Código Civil no son compatibles debido a que el Código Civil Español prohíbe este tipo de contratos. Como en cualquier circunstancia, existen algunas excepciones y es ahí donde ETL GLOBAL puede ayudarte.

En el Código Civil podemos encontrar que la manera de repartir una herencia de forma genérica es, bien mediante un testamento firmado, o, si este no existiera, se acude a la ley establecida para la sucesión.

Algunas de las excepciones que podemos encontrar para hacer un pacto sucesorio son: 

  • Haciendo una promesa de mejorar y no mejorar.
  • En el caso de donación de bienes futuros entre cónyuges.

En cualquier caso, la razón de por qué el Código Civil Español no contempla los pactos sucesorios está clara: Para evitar que se favorezca el deseo de la muerte del otorgante. Esto viene siendo así por la tradición histórica del Derecho Romano.

En ETL GLOBAL podemos asesorarte con cualquier duda que tengas al respecto. Este tipo de asuntos son delicados y es muy importante encontrar personal especializado en la materia.

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