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Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes

Con la Ley de Startups se busca estimular la inversión y la atracción de talento, favorecer la colaboración entre pymes, grandes compañías y empresas emergentes, impulsar la I+D+i, también en la Administración, y fomentar la cooperación de las empresas emergentes y los emprendedores con las Universidades y centros de investigación.

Entre los objetivos más destacados de la ley está fomentar la agilidad administrativa, la recuperación, atracción y retención del talento nacional e internacional, medidas fiscales como la reducción del tipo impositivo en el impuesto de sociedades y el impuesto sobre la renta de no residentes, contemplar mayores incentivos para el emprendimiento, o potenciar el emprendimiento rural.​

PRINCIPALES MEDIDAS DE LA LEY

La Ley contempla una serie de medidas que, de acuerdo con el destinatario de la misma, se pueden clasificar del siguiente modo:​​​

¿QUÉ ES UNA STARTUP?

  • Definición – Se define el concepto de startup, o empresa emergente – como aquella empresa que reúna simultáneamente las siguientes condiciones:< >Ser de nueva creación o, no siendo de nueva creación, cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, o Registro de Cooperativas competente, de la escritura pública de constitución, con carácter general, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía, industriales. No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no tengan consideración de empresas emergentes. Los términos concentración o segregación se consideran incluidos en las anteriores operaciones. Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España. El 60 % de la plantilla deberá tener un contrato laboral en España. En las cooperativas se computarán dentro de la plantilla, a los solos efectos del citado porcentaje, los socios trabajadores y los socios de trabajo, cuya relación sea de naturaleza societaria. Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable. No distribuir ni haber distribuido dividendos, o retornos en el caso de cooperativas. No cotizar en un mercado regulado. Si pertenece a un grupo de empresas definido en el artículo 42 del Código de Comercio, el grupo o cada una de las empresas que lo componen debe cumplir con los requisitos anteriores. Deje de cumplir cualquiera de los requisitos previstos anteriormente y en particular, al término de los cinco o siete años desde la creación de la empresa emergente.
  • Se extinga la empresa antes de ese término.
  • Sea adquirida por otra empresa que no tenga la condición de empresa emergente.
  • El volumen de negocio anual de la empresa supere el valor de diez millones de euros.
  • Lleve a cabo una actividad que genere un daño significativo al medio ambiente conforme al Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
  • Los socios que sean titulares, directa o indirectamente, de una participación de al menos el 5 % del capital social o administradores de la empresa emergente hayan sido condenados por sentencia firme por los tipos delictivos incluidos en el artículo 3.3 de la Ley.

PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN

Los emprendedores que quieran acogerse a los beneficios y especialidades de esta ley deberán solicitar a ENISA, Empresa Nacional de Innovación SME SA, que evalúe todas las condiciones previamente definidas, además del criterio del carácter de emprendimiento innovador y escalable de su modelo de negocio.

MEDIDAS PARA STARTUPS

  • Se flexibiliza la tributación inicial de las empresas de nueva creación, reduciéndose el impuesto de sociedades del 25% actual al 15%, durante un máximo de 4 años, siempre que la empresa mantenga la condición de emergente.
  • Todas las empresas de nueva creación tendrán derecho a diferir el pago de las deudas tributarias durante los dos primeros años de actividad empresarial.
  • En el caso de las sociedades limitadas, se autoriza la adquisición de participaciones propias, hasta el 20% del capital social, para ofrecer planes individualizados de stock options a los empleados clave de la empresa o para atraer perfiles especializados del extranjero.
  • Desaparece, como causa de disolución de una startup, que las pérdidas que dejen reducido su patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso, hasta que no hayan transcurrido tres años desde su constitución.

MEDIDAS DE APOYO A LA INVERSIÓN

  • Mejora de la deducción por inversión en empresas emergentes al subir la misma de 60.000 a 100.000 euros anuales y el tipo de deducción del 30 al 50%.
  • A los inversores extranjeros (no residentes) también se les facilita la inversión en España al no ser obligatorio la obtención del número de identificación de extranjeros (NIE), exigiendo únicamente que tanto ellos como sus representantes obtengan los números de identificación fiscal (NIF) correspondientes a través de un procedimiento rápido y sencillo.
  • Además, se clarifica el tratamiento fiscal del carried interest y las rentas derivadas por esta vía se integrarán en la base imponible solo en un 50 por ciento de su importe.

 

Para cualquier consulta relacionada con este tema, no dude en contactarnos en el 900 649 344 o bien en el correo info@etl.es. Nuestros expertos de ETL GLOBAL podrán ofrecerle el mejor asesoramiento.

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