Requisitos técnicos para cumplir con las nuevas normas de facturación electrónica
Esta normativa también incluye la obligación de que los fabricantes generen una declaración responsable, detallando aspectos clave del sistema y su conformidad con la regulación vigente. Además, permite a la Agencia Tributaria publicar especificaciones técnicas adicionales en su sede electrónica.
Uso de un sistema de facturación para varios contribuyentes
Si un sistema de facturación es compartido por varios contribuyentes o empleado para varios de ellos, deberá actuar como sistemas independientes para cada contribuyente, incluyendo:
- La gestión independiente de los registros de cada contribuyente.
- La generación de cadenas de registros separadas para cada contribuyente.
- La operación como sistema VERI*FACTU de forma autónoma para cada usuario.
- La presentación clara y constante de la información del contribuyente en cuestión, y un mensaje explicativo sobre su estado (alta, baja, etc.) si se usa para varios contribuyentes.
Particularidades de los sistemas VERI*FACTU
Los sistemas VERI*FACTU están conectados con la sede electrónica de la Agencia Tributaria, facilitando la transmisión automática de los registros de facturación a medida que se emiten. Esto permite a la Agencia realizar un seguimiento en tiempo real, y se entiende que cumplen los requisitos establecidos.
Capacidad de remisión de información a la AEAT
Para transmitir registros de facturación, los sistemas deben:
- Conectarse a la red para interactuar con los servicios de la AEAT.
- Gestionar certificados electrónicos para autenticar y firmar los registros.
- Enviar registros con el formato y seguridad especificados, automatizados o en respuesta a requerimientos.
- Procesar correctamente las respuestas de la AEAT.
Integridad e inalterabilidad de los registros de facturación
La normativa asegura la integridad e inalterabilidad de los registros mediante:
- La generación de una huella digital o «hash» para cada registro.
- La posibilidad de verificación de cada huella rápidamente.
- La firma electrónica de todos los registros.
- La verificación de la cadena de registros cuando están almacenados en el sistema.
- En caso de fallo en la integridad, se deberá:
- Emitir una alerta que persista hasta restaurar la integridad.
- Crear un registro de evento detallando el fallo.
Envío de registros de facturación a la AEAT
Para enviar los registros a la AEAT, los sistemas deben identificarse electrónicamente mediante certificados válidos en cada momento, cumpliendo con los estándares en vigor, y podrán ser enviados por el contribuyente o su representante.
Declaración responsable de los sistemas de facturación
Cada sistema de facturación debe contener una declaración responsable elaborada por sus productores, garantizando el cumplimiento normativo. Esta debe incluir datos como el nombre, código y versión del sistema, sus componentes, y detalles de la entidad productora. Es recomendable añadir datos de contacto adicionales, sitios web, y cualquier información extra relevante.
Plazos para el inicio y renuncia al sistema VERI*FACTU
Los sistemas pueden comenzar a operar como VERIFACTU en cualquier momento y deben mantenerlo hasta el 31 de diciembre del año en curso. Para renunciar, deben enviar la última fecha de operación como VERIFACTU antes del final del año natural.
Vigencia
Esta orden será efectiva a partir del 29 de octubre de 2024, y los sistemas deberán estar adaptados para julio de 2025.
Para cualquier consulta relacionada con este tema, no dude en contactarnos en el 900 649 344 o bien en el correo info@etl.es. Nuestros expertos de ETL GLOBAL podrán ofrecerle el mejor asesoramiento.