La gran reforma del sistema judicial: ¿Un salto hacia la modernidad o un camino lleno de interrogantes?
La publicación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, en el BOE el pasado 3 de enero marca un antes y un después en el sistema judicial español. Con una apuesta decidida por la modernización y la eficiencia, esta norma busca transformar radicalmente el funcionamiento de los juzgados y tribunales en nuestro país. Sin embargo, la pregunta que debemos hacernos es si este conjunto de reformas es realmente el salto hacia la modernidad que necesita el sistema judicial o si, por el contrario, supone una nueva serie de desafíos que podrían dejar algunos problemas estructurales sin resolver.
Uno de los pilares más ambiciosos de la reforma es la creación de los tribunales de instancia. Este cambio reemplaza a los juzgados unipersonales por órganos colegiados en cada partido judicial, unificando criterios procesales y distribuyendo de manera más equitativa la carga de trabajo entre los jueces. La idea es mejorar la cohesión del sistema y ofrecer resoluciones judiciales más consistentes.
Además, la ley introduce las oficinas municipales de justicia, que sustituyen a los tradicionales juzgados de paz en los municipios. Estas oficinas no solo mantendrán los servicios que antes ofrecían, sino que ampliarán significativamente su alcance, permitiendo la realización de trámites procesales mediante herramientas tecnológicas y garantizando la posibilidad de intervenciones telemáticas. Esto podría representar un gran avance para los ciudadanos que viven en zonas rurales, quienes hasta ahora enfrentaban importantes barreras geográficas para acceder a la justicia.
Sin embargo, estas transformaciones también generan dudas. La transición hacia los tribunales de instancia y la implementación de oficinas municipales requieren un aumento significativo en los recursos humanos, logísticos y tecnológicos. ¿Está preparado el sistema judicial para absorber este cambio? Las crónicas carencias presupuestarias y de personal podrían convertir estas reformas en simples cambios cosméticos si no se afrontan de manera adecuada.
Otro de los puntos clave de la reforma es la introducción de la obligatoriedad de recurrir a Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) antes de iniciar un proceso judicial en el ámbito civil. La mediación, la conciliación y la opinión neutral de un experto independiente se erigen como herramientas destinadas a fomentar la resolución amistosa de los conflictos y a descongestionar los tribunales.
Aunque esta medida se presenta como un avance hacia un sistema judicial más eficiente, plantea interrogantes importantes. Por ejemplo, ¿qué garantías tendrán las partes de que estos mecanismos alternativos sean realmente efectivos y neutrales? Además, existe el riesgo de que se perciba como un obstáculo adicional para el acceso a la justicia, especialmente para aquellas personas que no disponen de recursos para afrontar estos procesos previos.
La ley también introduce el concepto de abuso del servicio público de justicia, sancionando a quienes rechacen injustificadamente los MASC cuando estos sean preceptivos. Esto puede ser una herramienta útil para evitar el uso innecesario de recursos judiciales, pero también abre la
puerta a posibles controversias sobre los criterios que determinarán si una negativa es injustificada o no.
Las modificaciones en los procedimientos procesales también buscan mejorar la eficiencia del sistema. Entre los cambios más destacados se encuentran:
- Sentencias orales en juicios verbales: Los jueces podrán dictar sentencias orales, que serán grabadas y documentadas posteriormente. Esto podría agilizar la resolución de ciertos casos, aunque también plantea desafíos relacionados con la preparación adicional de los jueces y el soporte tecnológico necesario.
- Suspensión de la ejecución para acudir a MASC: Esta medida busca fomentar el cumplimiento voluntario de los acuerdos alcanzados mediante estos mecanismos alternativos.
- Nuevas regulaciones en costas procesales: La eliminación del criterio de vencimiento objetivo en ciertos incidentes procesales introduce una mayor flexibilidad y favorece la buena fe procesal.
Sin embargo, no se debe subestimar la carga adicional que estas medidas podrían imponer sobre los recursos humanos y tecnológicos del sistema judicial. La introducción de cambios significativos en los procedimientos requiere una capacitación adecuada y una inversión considerable para garantizar su éxito.
La Ley Orgánica 1/2025 representa un paso significativo hacia la modernización del sistema judicial español. La creación de tribunales de instancia, la promoción de MASC y el impulso a la digitalización son medidas que podrían transformar profundamente la manera en que se imparte justicia en nuestro país.
No obstante, el éxito de esta reforma dependerá en gran medida de su implementación efectiva. Sin una dotación adecuada de recursos, formación para los profesionales y una supervisión rigurosa, existe el riesgo de que estas medidas queden como simples declaraciones de intenciones. Además, es fundamental garantizar que estas innovaciones no se conviertan en nuevos obstáculos para el acceso a la justicia, sino que realmente beneficien a los ciudadanos.
En última instancia, el verdadero desafío radica en traducir estas reformas en cambios tangibles que mejoren la confianza de la sociedad en el sistema judicial. Como abogados, ciudadanos y usuarios del sistema, debemos exigir que estas promesas se materialicen en resultados concretos y sostenibles.
Autor: Mario García, abogado de ETL GLOBAL