
Transmisión de datos por plataformas de alquiler a la Ventanilla Única: plazos y modelo
El Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, establece normas armonizadas para la recogida e intercambio de datos sobre los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración. Su objetivo es permitir que las autoridades públicas accedan a información fiable para evaluar el impacto de estos servicios y elaborar regulaciones adecuadas.
Principales medidas del Reglamento:
- Se aplica cuando los Estados miembros establecen procedimientos de registro obligatorio para alojamientos de corta duración.
- Obliga a crear una Ventanilla Única Digital nacional para la recepción y transmisión de datos entre las plataformas de alquiler y las autoridades.
Aplicación en España:
España ha desarrollado este reglamento a través del Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, que establece:
- El Registro Único de Arrendamientos, gestionado por los Registros de la Propiedad y de Bienes Muebles.
- La Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, gestionada por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, para la recogida e intercambio de datos.
Obligaciones para las plataformas de alquiler:
Según el artículo 6.f) del Real Decreto, las plataformas deben comunicar mensualmente o trimestralmente (según el tipo de plataforma) los siguientes datos:
- Número de registro del alojamiento.
- Dirección específica.
- URL del anuncio.
- Número de noches alquiladas y huéspedes por noche.
- País de residencia de cada huésped.
Orden ministerial complementaria:
La orden especifica:
- Modelo y plazos para la transmisión de datos, que debe realizarse por medios automáticos (máquina a máquina) o manualmente, según el tipo de plataforma.
- Periodicidad: mensual para la mayoría de plataformas, y trimestral para ciertas plataformas definidas en el artículo 2.h) del Real Decreto.
- Plazo de envío: en los 15 días naturales posteriores al cierre del mes o trimestre correspondiente.
- Protección de datos: el Ministerio establecerá los sistemas para garantizar la interoperabilidad y la protección de datos personales.
Principios de buena regulación aplicados:
- Necesidad y eficacia: se regula para dar seguridad jurídica.
- Proporcionalidad: se imponen solo las medidas necesarias.
- Eficiencia: se minimizan cargas administrativas.
- Transparencia y seguridad jurídica: se facilita la comprensión y cumplimiento de la norma.
La orden, de aplicación en todo el territorio nacional, entró en vigor el 1 de julio de 2025.
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