
Novedades en el Reglamento del IRPF y en la gestión e inspección tributaria
El nuevo real decreto también introduce modificaciones en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria -aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio- con el objetivo de actualizar las obligaciones de información de las entidades financieras.
Adaptación del IRPF a la deducción por maternidad
En su primer artículo, el decreto modifica el Reglamento del IRPF para ajustarse a la Sentencia del Tribunal Supremo 8/2024, de 8 de enero, que afecta al complemento de maternidad. En concreto, se actualizan las obligaciones de información de los centros educativos encargados del cuidado de menores en las primeras etapas escolares.
Así, el artículo 69 del Reglamento del IRPF exigirá que las guarderías comuniquen su autorización administrativa, al igual que lo hacen los centros de educación infantil, garantizando así el acceso a la deducción con todas las garantías legales.
Refuerzo en la lucha contra el fraude fiscal
El segundo artículo del real decreto se centra en reforzar el control tributario y mejorar la recaudación. Para ello, se amplían las obligaciones de información a entidades de pago y de dinero electrónico, incluidas aquellas extranjeras que operen en España, tanto con establecimiento como sin él.
Estas entidades deberán informar sobre todo tipo de cuentas, no solo bancarias, sino también las no bancarias.
Además, se amplía la obligación de informar sobre pagos con tarjeta realizados a empresarios y profesionales, incorporando todo tipo de tarjetas y sistemas de cobro vinculados a números de teléfono móvil.
Nuevas obligaciones informativas y mayor frecuencia
Se actualiza también la frecuencia del suministro de datos, que deberá ser mensual en lugar de anual. Se elimina además el límite de 3.000 euros anuales que existía para reportar cobros con tarjetas. No obstante, la información económica sobre cuentas solo se exigirá en la declaración del último mes del año.
Finalmente, se establece una nueva obligación informativa sobre operaciones realizadas con cualquier tipo de tarjeta: se deberán comunicar todos los abonos, cargos, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos, siempre que superen los 25.000 euros anuales. Las tarjetas que no alcancen ese importe quedan excluidas de esta obligación.
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